Comencemos por decir que
el texto de la ley en lo que se refiere a este tipo de infracciones está
incluido en la regla XII (faltas e incorrecciones) en uno de los apartados que
enumera las infracciones que dan lugar a tiros libres directos y el texto en
español dice que será sancionado un jugador por “tocar el balón deliberadamente
con las manos”.
Si bien la proposición es
sencilla y clara, es necesario desmenuzar algunos de sus componentes para que
no queden dudas acerca de la correcta aplicación de esta norma en el terreno de
juego.
Es llamativa la inclusión
del término “deliberadamente” (en la versión inglesa, que es la de validez
oficial en caso de dudas surgidas en las diversas traducciones, dice
“deliberately”). Es casi un sinónimo de la palabra “intencionadamente” (que fue
reemplazada hace pocos años del mismo sitio del texto), y digo “casi” porque
semánticamente implica, además de la intención, tomarse el tiempo para
“deliberar antes de tomar la decisión” de tocar o no el balón con la mano.
Analizándolo de este modo,
queda claro que en todas aquellas jugadas en las que la rapidez de las mismas
haga presumir que el jugador no tuvo “tiempo” de decidir si tocar el balón con
la mano o no, se eximirá al mismo de sanción alguna aunque el balón le pegue
claramente en la mano.
Si a alguien le quedó
alguna duda acerca de la profundidad y claridad de la idea, le bastará con
recurrir a la versión inglesa, que dice: “handles the ball deliberately”. En
vez de decir “tocar con la mano” dice, sencillamente, “handles”, cuya
traducción más aproximada podría ser “manipular”. Otra vez nos encontramos ante
casi sinónimos, ya que si bien “tocar con la mano” es muy parecido a
“manipular”, este último término implica una mayor profundidad en su ejecución.
Hágase el siguiente ejercicio gramatical: formule varias oraciones usando una y
otra manera de decir y se verá que es más fácil incluir el verbo manipular
aplicándolo a situaciones en las que el contacto de las manos con el objeto de
referencia es más profundo y duradero.
O sea que, así como “deliberadamente” implica una
fracción de tiempo mayor en la toma de decisión que “intencionadamente”,
“manipular” implica una mayor fracción de tiempo en la ejecución que “tocar”.
No tan antiguamente, la
versión en español decía “jugar intencionadamente”. Nótense las implicancias
del uso de la palabra “jugar” en vez de “tocar”. Siguiendo con el tipo de
pensamiento que aplicamos en los últimos párrafos, se reforzaría el objetivo
del International Board de sancionar sólo aquellas manos cuya ejecución sea
fruto de una acción altamente deliberada que dejaría sin sanción a casi todas
las manos. Sin embargo, cabe aclarar que se trataba de una traducción no
demasiado feliz de la palabra “play”, que significa, en ese contexto,
simplemente “tocar” y no “jugar”.
En la antigua redacción se
aclaraba el significado de “intencionadamente” diciendo que era “llevar, lanzar
o golpear”, pero actualmente la aclaración no forma parte del texto.
Probablemente ésta haya sido un resabio de los orígenes del juego, en los que
estaba unido a lo que hoy conocemos como Rugby, y tenga el objetivo de
diferenciarse de éste. Sin embargo mi teoría se contradice con el texto de la
ley en la versión primigenia, dado que allí, en el artículo noveno, a fines del
siglo XIX, sólo decía “Con excepción del goalkeeper, ninguno de los jugadores
podrá tocar la pelota intencionalmente con las manos”.
Siguiendo con el análisis
de los aspectos gramaticales de este tipo de infracciones hay que observar que
la versión en español dice “con las manos” en plural. Si aplicamos nociones de
lógica elemental y hacemos caso literal de lo que dice la ley, sólo deberíamos
sancionar a un jugador que manipule el balón con ambas manos y, en ese caso, si
lo toca con una sola mano, aunque lo atrape como un basquetbolista o lo golpee
intencionadamente como un rematador de volleyball deberíamos dejar seguir el
juego. Por suerte siempre nos queda la versión original (que como ya dijimos es
la inglesa) y allí no se hace distinción entre singular o plural ya que
“handles”, o sea, “manipular” implica el uso de una o ambas manos
indistintamente.
Queda una última cuestión para
aclarar con respecto al texto. En anteriores ediciones de las reglas de juego
se hablaba de jugar intencionadamente el balón con las “manos o brazos”. En una
de las relativamente recientes ediciones se intentó rediseñar la manera en que
estaba escrito el Reglamento tratando de evitar algunas de las constantes
repeticiones de conceptos, reducir el tamaño y hacerlo de más fácil lectura.
Sin embargo, a pesar de que el resultado fue muy bueno, se han cometido algunos
errores que podríamos llamar “de tipeo”. Por tal motivo, creo que debería
interpretarse la palabra “mano” como si dijera “mano, antebrazo o brazo”, dado
que en los anexos de las Reglas (Interpretación
de las Reglas de Juego y directrices
para árbitros) y en los
distintos textos y videos pedagógicos editados por la FIFA se ven innumerables
ejemplos en los que muestran y citan que la sanción correcta a un jugador que
toca deliberadamente el balón con su antebrazo o brazo (aunque ya vimos que manipular
implica el uso de la mano) es un tiro libre directo (o penal si es un defensor
en su área). Siguiendo con este tema, podemos usar una analogía como método
para dirimir la cuestión. En las épocas en las que se hablaba de ”mano o brazo” no se nombraba el antebrazo y
sin embargo se aceptaba que el uso del antebrazo era tan ilegal como el de la
mano. En tren de exquisiteces idiomáticas, siguiendo con el mismo tema: ¿Debe
agregarse a este tipo de razonamiento a los codos y las muñecas? Obviamente sí.
Y además nos da lugar para realizar otra sencilla analogía con otra parte de
las Reglas de Juego. Si consideramos que las líneas del terreno de juego forman
parte de las áreas que delimitan, debemos pensar en el codo como el límite
entre el brazo y el antebrazo y en la muñeca como el límite entre la mano y el
antebrazo. Por eso debemos considerar que el codo y la muñeca forman parte de
las áreas que delimitan. De todas maneras, sería bueno que el International
Board o la FIFA aclaren estos puntos.
Hechas las aclaraciones
idiomáticas del tema, quedan varios asuntos por analizar. Por ejemplo: ¿tiene
el árbitro (o cualquier persona) la capacidad de determinar si las acciones de
un jugador son deliberadas o intencionales? Si bien nadie que no crea en
cuestiones de percepción extrasensorial puede leer la mente de las personas,
existen numerosísimos elementos conductuales y témporo-espaciales que pueden
darle al árbitro una noción bastante precisa acerca de si el contacto de la
mano de un jugador con el balón fue intencional.
En las Directrices para
Árbitros anexas a las Reglas de Juego (que son de aplicación obligatoria) se
nombran algunas circunstancias para tener en cuenta al intentar determinar si
un jugador debe ser sancionado por tocar el balón con su mano:
- el
movimiento de la mano hacia el balón (no del balón hacia la mano)
-
la distancia entre el adversario y la mano (balón que llega de forma
inesperada)
-
la posición de la mano no presupone necesariamente una infracción
-
tocar el balón con un objeto sujetado con la mano (como vestimenta,
espinillera/canillera, etc.) constituye una infracción
- golpear
el balón con un objeto lanzado (una bota, espinillera/canillera, etc.)
constituye una infracción.
Las instrucciones
precedentes son un compendio incompleto y de pobre redacción de algunos
elementos a tener en cuenta para determinar si el contacto de la mano (o sus
prolongaciones) con el balón fue deliberado. Sin embargo nos brindan algunas
herramientas para analizar.
El primer ítem da a entender
que el hecho de que haya un movimiento de la mano en dirección del balón es un
fuerte indicio de que la acción es deliberada. Si repasamos los primeros
párrafos de este estudio veremos que sólo una pequeña minoría de los contactos
entre la mano y el balón son deliberados. Pensemos en los casos en que el balón
pica en una posición cercana al jugador y se encuentra sorpresivamente con el
recorrido de la mano que va en su dirección (ver segundo ítem) sin darle tiempo
al cerebro del jugador de ordenarle al brazo que modifique su dirección.
Evidentemente no se trata de una acción sancionable.
Asimismo, pensemos en un
jugador que está parado al borde del área penal mientras el balón vuela hacia
él. Su plan es correrse hacia un costado para permitir que el balón llegue a su
guardameta. Cuando el balón se está aproximando percibe que un rápido delantero
se dirige a sus espaldas para interceptarlo. Entonces el defensor, sabiendo que
no podrá interceptar el balón con otra parte del cuerpo, decide quedarse inmóvil
para que el mismo le pegue en el brazo. En este caso, a pesar de que es el
balón el que se dirige hacia la mano, el jugador debe ser sancionado por tocar
el balón deliberadamente con la mano.
En el segundo ítem se pide
tomar en cuenta la distancia entre el adversario y la mano. Se podría agregar
que, además de considerar la distancia entre estos dos elementos, se debe
observar la distancia relativa entre todos los elementos en cuestión, agregando
el balón, los compañeros, el suelo. Es decir, hay que evaluar las distancias en
general. Y, además, hay que evaluar las velocidades relativas, las direcciones
de los movimientos y la posición relativa de los elementos (tal como lo
advierte el tercer ítem).
Pero, siempre, en primera, única y última instancia, lo único que debe
determinar el árbitro para decidir si debe sancionar a un jugador que tocó el
balón con su mano es si la acción fue deliberada o no.
En el tercer ítem dice que
la posición de la mano no presupone necesariamente una infracción. Voy a
aprovechar esta frase para tratar dos situaciones específicas que dan lugar a
discusiones. La primera es cuando el balón toca en el brazo que está en
posición paralela al tronco “pegado al cuerpo”. La segunda es cuando un jugador
se para enfrente de un adversario que tiene el balón con los brazos abiertos y
el balón le pega en la mano.
Tiene la mano pegada al
cuerpo
Todos los árbitros,
jugadores, periodistas y público de fútbol han escuchado muchas veces esta
frase.
Cada vez que un árbitro
sanciona por mano deliberada a un jugador que al momento de tocar el balón tenía la mano próxima al tronco surge el coro
de voces en defensa de la supuestamente injusta sanción al grito de “¡tiene la
mano pegada al cuerpo!”.
Como venimos analizando
desde hace varios párrafos, la posición de los brazos o manos en relación al
cuerpo es solo uno de los elementos a tener en cuenta para determinar si se
debe sancionar a un jugador que tocó el balón con la mano.
Si el árbitro advierte que
un jugador al que se le aproxima a toda velocidad el balón en dirección a su
brazo intenta moverlo en dirección a su propio eje y es obstaculizado por su
tronco y por ese motivo el balón le pega en la mano, es obvio que no debe ser
sancionado. Del mismo modo se deberá proceder si el balón llega sorpresivamente
u otro tipo de acciones similares.
Pero si, a pesar de tener
la mano y el brazo fuertemente apretados contra el cuerpo, el árbitro
interpreta que un jugador tocó el balón deliberadamente con alguno de ellos,
deberá ser sancionado. Este tipo de jugadas se da frecuentemente en las
barreras defensivas armadas para la ejecución de tiros libres cercanos al área
penal.
Ocupa más espacio del
debido al estirar sus brazos
Esta teoría de que si un jugador
marca a otro con sus brazos abiertos o semiabiertos y el balón le pega en su
mano debe ser sancionado sin importar la intención está bastante difundida
entre los académicos del arbitraje y algunos periodistas.
Una de las argumentaciones
para defender esta tesis es que el jugador “no hace nada para evitar el
contacto del balón con su mano”…¡¿En qué parte de la ley se basan?! Yo no la
encontré.
Todo aquel que intentó
jugar al fútbol o hizo alguna actividad física en su vida, sabe que intentar
mantener el equilibrio con las rodillas semiflexionadas y con los brazos
apretados contra el cuerpo es mucho más difícil que con los brazos abiertos.
Es decir, la posición de
los brazos con respecto al cuerpo es “sólo
uno de los elementos para tener en cuenta antes de sancionar a un jugador por
mano deliberada”.
También se puede usar el
mismo criterio en los saltos en los que el jugador se ayuda para el impulso con
el movimiento de sus brazos.
Un buen árbitro sabrá
distinguir cuándo esas aperturas y movimientos de brazos sean exagerados y
estén buscando una ventaja adicional al ocupar un espacio mayor con el objeto
de impedir el paso del balón.
Debido a la alta
frecuencia con la que se sancionan incorrectamente este tipo de jugadas, es
común ver a defensores intentando evitar que un adversario tire un centro con
ambas manos sujetadas en su espalda, dando ventajas innecesarias al equipo
contrario.
Dos herramientas extra
para tomar con pinzas:
La mirada
Hay
cosas que desde la tribuna no se ven y que tampoco la televisión logra percibir
con frecuencia. Muchas veces la mirada del jugador es un elemento de ayuda para
determinar si una acción es deliberada o no. Sirve mucho más para determinar si
un jugador es culpable o no de una conducta violenta o sólo se trata de una
acción imprudente de juego (por ejemplo, cuando hay que determinar si un codazo
fue intencional). Pero también, a veces, nos da la pauta de si un jugador pone
la mano a propósito o no para jugar el balón.
La experiencia
A veces nos toca dirigir a
equipos que conocemos de memoria. Ya sabemos quiénes son los jugadores
conflictivos y malintencionados así como aquellos que colaboran con el juego
limpio. Del mismo modo reconocemos a los más hábiles y a aquellos cuya torpeza
les puede jugar una mala pasada.
Utilizar esa información
en la justicia civil podría ser objetable como un prejuicio. Sin embargo, lo
nuestro es sólo un juego (¿o no?).
Martín
Grinberg
Instructor
de Árbitros de Fútbol
2012 © J